A diez años de su presentación en el Congreso, acaba de ser reglamentada una ley nacional de epilepsia en la Argentina que establece la provisión de medicación gratuita para los pacientes, sanciona la discriminación y promueve la difusión de información sobre la enfermedad. Para la aplicación de esta ley, participa una comisión técnica integrada por expertos, organizaciones, pacientes y familiares que cuenta con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud. A partir de esta medida, la enfermedad queda incluida en el Programa Médico Obligatorio.
(23/04/09 – Agencia CyTA-Instituto Leloir) – Argentina puso en marcha la ley de epilepsia, que busca asegurar la atención, la provisión de medicamentos gratuitos a los pacientes y sanciona hechos de discriminación contra aquellos que viven con la enfermedad, que afecta a una de cada 200 personas en el país. Para la aplicación de la ley se creó una comisión técnica con el apoyo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Según informó OPS Argentina, la reglamentación de la Ley 25404 fue firmada el 27 de enero último, diez años después de que el proyecto fuera presentado en el Congreso por la jefa de la sección de Epilepsia de la división Neurología del Hospital Ramos Mejía, Silvia Kochen, y Jorge Lovento, de la Fundación de Epilepsia (Fundepi). La norma había sido sancionada en marzo de 2001, pero no había sido rubricada aún por el Ejecutivo.
“Ahora las personas con epilepsia van a poder acceder al diagnóstico y tratamiento sin dificultades ni discriminación. Laboralmente van a poder ser defendidos en caso de ser discriminados por su condición porque hay una ley que los ampara”, festejó Kochen.
Por su parte, Lovento consideró que la legislación “va a traer grandes beneficios a los pacientes, quienes estarán más contenidos y verán mejorar su calidad de vida”. Para el director de la Fundepi, organización que organiza grupos de autoayuda desde hace 20 años, si bien la norma fue sancionada en 2001 “el haber esperado todos estos años dificultó el acceso a los remedios ya que se pusieron muchas trabas desde las obras sociales y las prepagas”. Ahora, la enfermedad queda incorporada al Programa Médico Obligatorio (PMO).
La ley contempla tres aspectos fundamentales para quienes viven con la patología: el derecho a recibir la medicación antiepiléptica en forma gratuita, cuando carecen de cobertura social; la no discriminación laboral, escolar o social; y la implementación de planes de educación permanente sobre epilepsia y campañas de divulgación destinadas a la comunidad en general; a los pacientes y familiares y a los profesionales médicos y no médicos.
La epilepsia es uno de los trastornos neurológicos más frecuentes y comunes. En una situación de crisis, la persona que padece epilepsia puede experimentar convulsiones, acompañadas por mordedura de lengua y emisión de orina. En otras ocasiones más leves, puede presentarse como una falta de respuesta a estímulos, mirada fija y ausente.
“Entre el 80 y el 90 por ciento de los casos de epilepsia se pueden tratar con seguimiento y prescripción médica adecuada y el paciente puede llevar una vida normal”, aseguró Hugo Cohen, consultor en Salud Mental de la OPS. Asimismo describió un panorama de situación: “No hay programas específicos, es escaso el número de neurólogos capacitados especialmente para atender a los pacientes y están concentrados en las grandes ciudades; existe mucha gente que no se trata –por miedo, vergüenza o falta de recursos para acercarse a un centro de salud- o está mal tratada; y todavía persisten mitos en algunas regiones que demoran la llegada a la consulta médica y al tratamiento”. Según Cohen, la flamante ley “es una iniciativa que va a ayudar en este cambio, favoreciendo la accesibilidad a un tratamiento adecuado”.
El experto también indicó que la enfermedad puede atenderse en el contexto de vida habitual de las personas de manera sencilla, capacitando al personal de atención primaria de la salud para dar seguimiento y prescripción médica a las personas que viven con la enfermedad, y asegurando la provisión de los medicamentos. Los especialistas pueden dar apoyo en forma sistemática y para los casos en que fuere necesario.
RECUADRODATOS SOBRE LA LEY DE EPILEPSIA
Quienes deseen conocer más sobre los alcances de la norma, pueden comunicarse con Fundepi vía correo electrónico a: jorge_lovento@yahoo.com.ar
Para conocer el texto completo de la ley, ingresar en http://test.e-legis-ar.msal.gov.ar/leisref/public/showAct.php?id=12840